Viernes, Abril 19, 2024

Contraloría detecta incumplimiento en obra de túnel de AVO I

LA TERCERA – Una serie de incumplimientos detectó la Contraloría en el marco de una auditoría al proceso de implementación de la infraestructura vial a la autopista AVO I (Av. El Salto-Príncipe de Gales) y AVO II (Av. Príncipe de Gales-Los Presidentes), en el periodo comprendido entre el 13 de marzo de 2014 y el 28 de febrero de 2018.
El informe final presentado a la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas (DGC -MOP), el 14 de marzo pasado, expone que en la conexión Ramal Mapocho, que consiste en un túnel minero unidireccional que unirá el tránsito de vehículos entre el futuro túnel La Pirámide de AVO I y la actual autopista Costanera Norte, “el inspector fiscal no objetó que el diseño propuesto por el concesionario no se ajusta a las disposiciones sobre pendientes en túneles, al contemplar un valor mayor al permitido”.
La pendiente del túnel Ramal Mapocho sería de 7%, según el diseño, y se desarrollaría en un tramo de más de 400 m. No obstante, dicha inclinación no debería superar 3%, de acuerdo con la licitación. Al mismo tiempo, consigna el reporte, una pendiente mayor “causa reducciones significativas de velocidad de operación”.
El ente contralor informó al MOP que debe adoptar “las acciones que procedan” para asegurar que la infraestructura se ajuste a las exigencias técnicas y que debe dar cuenta de esas medidas en un plazo de 60 días hábiles, desde la recepción del informe.
¿Es usual que se produzcan diferencias como esta en el diseño de una obra de ingeniería vial? Álvaro González, académico de Ingeniería y Gestión de la Construcción de la UC, explica que “no necesariamente un proyecto tiene que cumplir con las recomendaciones del Manual de Carreteras (del MOP). Siempre está el juicio de quien está a cargo de hacer la ingeniería”.
Multas no cursadas
El informe de Contraloría consigna otros incumplimientos de la concesionaria. Uno se refiere a los requisitos dispuestos para el inicio de las obras.
El organismo informa que en la etapa de construcción “no se encontraban aprobados los letreros que identifican la obra, el programa de información a los usuarios, el de ejecución de obras y el sistema de sugerencias, consultas y reclamos”. Añade que ese antecedente no fue objeto de reproche por el inspector fiscal ni dio lugar a la aplicación de multas, que van entre 80 y 120 UTM (entre $ 3,8 millones y $ 5,8 millones).
Pero esa no es la única multa que podría cursar el MOP a la sociedad concesionaria. El informe constató que en septiembre de 2014 el inspector fiscal detectó la ejecución de sondajes que no habían sido informados, ni se informó de los subcontratistas que ejecutaban las faenas. En este caso, las sanciones se ubicarían el rango de 350 a 490 UTM (de $ 16,9 millones a $ 23,6 millones).
Desde la DGC MOP señalaron que el informe emitido por el ente fiscalizador se encuentra en proceso de revisión antes de emitir las respuestas pertinentes. “No se descarta aplicación de multas en las materias señaladas por la Contraloría”, agregaron.
Desde AVO, en tanto, señalaron que “no corresponde a esta sociedad concesionaria referirse a una auditoría realizada por la Contraloría respecto del proceder del MOP”.
Ver Artículo
Fuente: La Tercera, Lunes 08 de Abril de 2019

LA TERCERA – Una serie de incumplimientos detectó la Contraloría en el marco de una auditoría al proceso de implementación de la infraestructura vial a la autopista AVO I (Av. El Salto-Príncipe de Gales) y AVO II (Av. Príncipe de Gales-Los Presidentes), en el periodo comprendido entre el 13 de marzo de 2014 y el 28 de febrero de 2018.
El informe final presentado a la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas (DGC -MOP), el 14 de marzo pasado, expone que en la conexión Ramal Mapocho, que consiste en un túnel minero unidireccional que unirá el tránsito de vehículos entre el futuro túnel La Pirámide de AVO I y la actual autopista Costanera Norte, “el inspector fiscal no objetó que el diseño propuesto por el concesionario no se ajusta a las disposiciones sobre pendientes en túneles, al contemplar un valor mayor al permitido”.
La pendiente del túnel Ramal Mapocho sería de 7%, según el diseño, y se desarrollaría en un tramo de más de 400 m. No obstante, dicha inclinación no debería superar 3%, de acuerdo con la licitación. Al mismo tiempo, consigna el reporte, una pendiente mayor “causa reducciones significativas de velocidad de operación”.
El ente contralor informó al MOP que debe adoptar “las acciones que procedan” para asegurar que la infraestructura se ajuste a las exigencias técnicas y que debe dar cuenta de esas medidas en un plazo de 60 días hábiles, desde la recepción del informe.
¿Es usual que se produzcan diferencias como esta en el diseño de una obra de ingeniería vial? Álvaro González, académico de Ingeniería y Gestión de la Construcción de la UC, explica que “no necesariamente un proyecto tiene que cumplir con las recomendaciones del Manual de Carreteras (del MOP). Siempre está el juicio de quien está a cargo de hacer la ingeniería”.
Multas no cursadas
El informe de Contraloría consigna otros incumplimientos de la concesionaria. Uno se refiere a los requisitos dispuestos para el inicio de las obras.
El organismo informa que en la etapa de construcción “no se encontraban aprobados los letreros que identifican la obra, el programa de información a los usuarios, el de ejecución de obras y el sistema de sugerencias, consultas y reclamos”. Añade que ese antecedente no fue objeto de reproche por el inspector fiscal ni dio lugar a la aplicación de multas, que van entre 80 y 120 UTM (entre $ 3,8 millones y $ 5,8 millones).
Pero esa no es la única multa que podría cursar el MOP a la sociedad concesionaria. El informe constató que en septiembre de 2014 el inspector fiscal detectó la ejecución de sondajes que no habían sido informados, ni se informó de los subcontratistas que ejecutaban las faenas. En este caso, las sanciones se ubicarían el rango de 350 a 490 UTM (de $ 16,9 millones a $ 23,6 millones).
Desde la DGC MOP señalaron que el informe emitido por el ente fiscalizador se encuentra en proceso de revisión antes de emitir las respuestas pertinentes. “No se descarta aplicación de multas en las materias señaladas por la Contraloría”, agregaron.
Desde AVO, en tanto, señalaron que “no corresponde a esta sociedad concesionaria referirse a una auditoría realizada por la Contraloría respecto del proceder del MOP”.
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Fuente: La Tercera, Lunes 08 de Abril de 2019

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