Viernes, Abril 26, 2024

Declaran a comunas de la RM como zona de escasez hídrica: Padre Hurtado, Peñaflor, Talagante y El Monte

PAÍS CIRCULAR – Este 19 de abril, el Diario Oficial publicó el Decreto Nº 25 del Ministerio de Obras Públicas en que declara como zona de escasez a las comunas de Padre Hurtado, Peñaflor, Talagante y El Monte, en la Provincia de Talagante, en la Región Metropolitana.

Con este decreto que estará vigente por un período de seis meses, no prorrogables, a contar del 27 de febrero de 2022, la Dirección General de Aguas podrá redistribuir las aguas disponibles en las fuentes naturales, con el objeto de reducir al mínimo los daños generales derivados de la sequía.

De igual manera, la DGA podrá suspender las atribuciones de las juntas de vigilancia, como también los seccionamientos de las corrientes naturales que estén comprendidas dentro de la zona de escasez.

Asimismo, en las corrientes naturales o en los cauces artificiales en que aún no se hayan constituido organizaciones de usuarios, la Dirección General de Aguas podrá a petición de parte, hacerse cargo de la distribución en las zonas declaradas de escasez.

El documento indica que esta decisión fue tomada en base al «Informe Condiciones Hidrometeorológicas Provincia de Talagante, comunas de Padre Hurtado, Peñaflor, Talagante, Isla de Maipo y El Monte, Informe N° 9», de 22 de febrero de 2022, de la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas, el que concluyó que en dichas comunas se verifica la condición de sequía para las lluvias y para los caudales.

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Fuente: País Circular, Miércoles 20 de Abril de 2022

PAÍS CIRCULAR – Este 19 de abril, el Diario Oficial publicó el Decreto Nº 25 del Ministerio de Obras Públicas en que declara como zona de escasez a las comunas de Padre Hurtado, Peñaflor, Talagante y El Monte, en la Provincia de Talagante, en la Región Metropolitana.

Con este decreto que estará vigente por un período de seis meses, no prorrogables, a contar del 27 de febrero de 2022, la Dirección General de Aguas podrá redistribuir las aguas disponibles en las fuentes naturales, con el objeto de reducir al mínimo los daños generales derivados de la sequía.

De igual manera, la DGA podrá suspender las atribuciones de las juntas de vigilancia, como también los seccionamientos de las corrientes naturales que estén comprendidas dentro de la zona de escasez.

Asimismo, en las corrientes naturales o en los cauces artificiales en que aún no se hayan constituido organizaciones de usuarios, la Dirección General de Aguas podrá a petición de parte, hacerse cargo de la distribución en las zonas declaradas de escasez.

El documento indica que esta decisión fue tomada en base al «Informe Condiciones Hidrometeorológicas Provincia de Talagante, comunas de Padre Hurtado, Peñaflor, Talagante, Isla de Maipo y El Monte, Informe N° 9», de 22 de febrero de 2022, de la División de Hidrología de la Dirección General de Aguas, el que concluyó que en dichas comunas se verifica la condición de sequía para las lluvias y para los caudales.

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Fuente: País Circular, Miércoles 20 de Abril de 2022

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